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Reforma laboral: el Gobierno explicó por qué excluyó a las fintech del pago de salarios

La decisión del Gobierno de retirar del proyecto de reforma laboral el artículo que habilitaba la acreditación de salarios en billeteras virtuales sigue generando ruido y polémica en el sistema financiero y en el ámbito político. La eliminación se conoció el martes, un día antes de que el Senado le diera media sanción al texto sin ese apartado.

Desde el Ejecutivo salieron a explicar que la exclusión no responde a una postura ideológica ni a una presión sectorial, sino a cuestiones de solvencia y garantías para el trabajador.

Fuentes del Gobierno explicaron a Ámbito que las billeteras virtuales son actualmente Proveedores de Servicios de Pago (PSP) y que esa figura regulatoria no implica contar con los estándares prudenciales necesarios para asumir el pago de salarios.

Según detallaron, los PSP:

  • No cuentan con respaldo directo del Banco Central en caso de insolvencia.

  • No acreditan capacidad financiera para garantizar el pago de haberes si una empresa se demora en depositarlos.

  • No están estructurados como entidades con responsabilidad patrimonial equivalente a la exigida a los bancos.

En la Casa Rosada remarcan que el salario tiene carácter alimentario, por lo que requiere un esquema de protección superior al de otros medios de pago digitales.

El argumento oficial no es que las billeteras no puedan participar del sistema, sino que —si quisieran cumplir ese rol— deberían reconvertirse en entidades con solvencia específica para el pago de salarios, bajo estándares similares a los del sistema bancario.

Se trata del segundo intento del Gobierno de Javier Milei de habilitar esa potestad. El punto ya había sido incorporado en el proyecto original de la Ley Bases y también fue retirado.

Qué establecía el artículo eliminado

El artículo 35 proponía modificar el 124 de la Ley de Contrato de Trabajo para permitir que los salarios pudieran acreditarse no sólo en cuentas sueldo bancarias, sino también en instituciones de ahorro oficiales o en PSP habilitados por el Banco Central.

Además, al derogar completamente el artículo 124 vigente, el texto eliminaba la obligación de que la cuenta sueldo fuera 100% gratuita para el trabajador. La normativa actual establece que el salario debe acreditarse en una cuenta bancaria sin costo ni gastos de mantenimiento. El texto suprimido no incluía esa garantía de gratuidad.

La reacción de la política y de las fintech

Tras conocerse la eliminación, el bloque del PRO expresó su rechazo público con el lema “Libertad para trabajar, libertad para cobrar”, en línea con el mensaje impulsado por Marcos Galperin, fundador de Mercado Libre.

Desde la Cámara Argentina Fintech, su director ejecutivo Mariano Biocca afirmó que continuarán impulsando el debate para que el artículo vuelva a discutirse. Sostuvo que no se trata de un privilegio sectorial sino de actualizar la norma y permitir que cada trabajador elija dónde acreditar su salario. También señaló que las billeteras están reguladas por el Banco Central y que los fondos permanecen dentro del sistema financiero, por lo que —según su visión— no existe vacío normativo ni riesgo sistémico.

Con la media sanción ya otorgada, el capítulo fintech quedó fuera del proyecto. Pero el trasfondo del debate excede el texto legislativo: está en juego quién administra el ingreso principal de unos 10 millones de trabajadores formales y bajo qué esquema de regulación y solvencia.

Por ahora, el Gobierno optó por priorizar el criterio prudencial. La discusión sobre competencia y libertad de elección continuará en el próximo tramo legislativo.

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