El máximo tribunal provincial resolvió, por mayoría, dar por finalizada la suspensión preventiva que regía sobre la subcuenca, tras evaluar un estudio integral de impacto ambiental acumulativo.
La Corte de Justicia de Catamarca levantó la medida cautelar que regía desde 2024 sobre la subcuenca del Río Los Patos, en el Salar del Hombre Muerto, Departamento Antofagasta de la Sierra. El fallo, dictado por mayoría, se basó en las conclusiones del Estudio de Gestión Integral del Impacto Ambiental Acumulativo (EGIA), elaborado por un equipo técnico interdisciplinario.
El tribunal consideró que, a partir de la información sistemática y actualizada proporcionada por el estudio, no se encuentra acreditada la existencia de un daño ambiental actual que justifique la continuidad de una medida de carácter preventivo. El EGIA indicó que no se identificó una afectación ambiental dañosa en la subcuenca, la cual se mantiene dentro de parámetros de estabilidad ecológica. No obstante, el estudio reconoce la necesidad de sostener mecanismos de control y monitoreo estatal continuo para prevenir impactos futuros.
La causa judicial se había iniciado por planteos vinculados a supuestos impactos acumulativos de la actividad minera en la cuenca. Ante ello, la Corte ordenó la realización del estudio y dispuso la suspensión del otorgamiento de nuevos permisos en la zona, medida que ahora queda sin efecto.
La resolución implica un cambio en el marco regulatorio para la actividad minera en el área, aportando previsibilidad. Se reafirma, según el fallo, la importancia de contar con información técnica sólida, controles adecuados y el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
