La Cámara de Diputados aprobó en primera instancia el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal II, que modifica el Régimen Penal Tributario y la Ley de Procedimiento Fiscal. La iniciativa amplía los beneficios del régimen simplificado y eleva los umbrales de penalización por evasión.
La Cámara de Diputados de la Nación otorgó media sanción al proyecto de Ley de Inocencia Fiscal II, que introduce modificaciones al Régimen Penal Tributario (Ley 27.430) y a la Ley de Procedimiento Fiscal (Ley 11.683), sobre la base establecida por la Ley 27.799.
El proyecto, que deberá ser tratado por el Senado, modifica el esquema de regularización de activos no declarados. Entre los cambios principales, se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado, lo que amplía el universo de beneficiarios, incluyendo a familiares de funcionarios y grandes contribuyentes, aunque estos últimos con acceso parcial a los beneficios.
Además, se eleva el umbral para la configuración del delito de evasión simple de 1,5 millones de pesos a 100 millones de pesos, y la evasión agravada de 15 millones a 1.000 millones de pesos. La norma también habilita la extinción de la acción penal mediante el pago.
El efecto liberatorio del régimen simplificado impide la revisión de períodos anteriores una vez pagado el año base, y se limita el uso de presunciones sobre incrementos patrimoniales no justificados.
Según los autores del proyecto, la medida busca obtener divisas en el corto plazo y estabilizar el tipo de cambio. No obstante, organismos como el Fondo Monetario Internacional (FMI) han advertido que la repetición de amnistías fiscales genera beneficios temporales pero deteriora la cultura tributaria a largo plazo.
El proyecto fue presentado por integrantes del Espacio de Trabajo Fiscal para la Equidad, quienes señalaron que la ley consolida la regresividad del sistema tributario argentino y contradice las tendencias internacionales hacia una mayor transparencia fiscal.
