Los 12 integrantes del jurado concluyeron que Nieva no es responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual. El hecho ocurrió en marzo de 2024 en el barrio Cristo Rey y la víctima falleció el 9 de abril por tromboembolismo pulmonar.
El juicio por jurados iniciado para esclarecer la muerte de José «Pelado» Leiva concluyó en la sala de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial. Tras la etapa de alegatos y deliberación, los 12 ciudadanos integrantes del tribunal popular declararon «no culpable» a Cristian Nieva, quien llegó al debate imputado por el delito de homicidio simple con dolo eventual.
El proceso juzgó un hecho ocurrido en marzo de 2024 en el barrio Cristo Rey, donde Leiva sufrió agresión física tras cometer un presunto robo y posteriormente falleció el 9 de abril por tromboembolismo pulmonar derivado de un trauma abdominal cerrado.
Durante el debate, la Fiscalía sostuvo que Nieva había propinado un golpe fatal en el abdomen que desencadenó el deceso. La defensa y el propio acusado, quien declaró durante las audiencias, negaron la autoría de los golpes, señalando que Nieva arribó al lugar cuando la persona ya se encontraba reducida.
La etapa probatoria estuvo marcada por testimonios contrapuestos y por la exclusión previa de la declaración que la víctima brindó antes de su deceso, medida dispuesta durante la audiencia de admisión de evidencias al no notificarse oportunamente a la defensa.
Luego de escuchar los argumentos finales de las partes y tras la correspondiente deliberación, el jurado desestimó la acusación del Ministerio Público Fiscal y de la querella, dictaminando la no culpabilidad de Cristian Nieva y dando por concluido el debate popular.
