Un hombre condenado a 12 años de prisión por un jurado popular en agosto pasado presentó un recurso de casación ante la Corte de Justicia. La defensa cuestiona el fallo y el condenado permanece en libertad hasta que la sentencia quede firme. Los ministros de la Sala Penal deberán resolver el planteo.
Un jurado popular declaró culpable a un hombre por el delito de «abuso sexual con acceso carnal continuado, calificado por el vínculo, en concurso ideal con corrupción de menores». El veredicto se alcanzó por unanimidad en un juicio oral realizado en agosto en la sala de debates de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial de Catamarca.
En la audiencia de cesura de pena, el juez director Fernando Esteban impuso una condena de 12 años de prisión. El fiscal de Cámara Alejandro Dalla Lasta Baroni había solicitado 14 años; la asesora de menores Sandra López Gardel adhirió al pedido del Ministerio Público Fiscal y requirió medidas de protección para la víctima; la querella particular peticionó 18 años; y la defensa solicitó la aplicación del mínimo legal previsto para el delito atribuido.
Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que la defensa, a cargo de los abogados Víctor García y Matías Ocampos, presentó un recurso de casación ante la Corte de Justicia. Los ministros de la Sala Penal Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño deberán resolver el planteo. Hasta tanto la sentencia quede firme, el condenado mantiene la libertad.
Nuevo juicio por jurados
De acuerdo con la agenda de la OGA, este martes se inició un nuevo juicio por jurados por un delito contra la integridad sexual. Según información a la que accedió El Ancasti, el acusado debe responder por dos hechos de «abuso sexual gravemente ultrajante, agravados por el daño en la salud y por la guarda».
En la primera audiencia declararon la víctima, una testigo y la psicóloga que realizó la Cámara Gesell. El acusado también prestó declaración y sostuvo que es inocente. Este miércoles el juicio continúa con una nueva ronda de testigos; luego las partes expondrán sus alegatos de cierre y el jurado pasará a deliberar.
La camarista Daniela Barrionuevo es la jueza directora. El Ministerio Público Fiscal es representado por el fiscal de Cámara Alejandro Dalla Lasta Baroni, acompañado por la asesora de Menores Sandra López Gardel. La defensa está a cargo del abogado Orlando Barrientos.
Deber cívico y competencia
De acuerdo con la Ley Provincial 5719, son competencia del sistema de juicios populares las causas cuyos imputados tengan en abstracto penas de 20 años de prisión o reclusión. Acusados por delitos sexuales agravados, homicidios (tentados y consumados) y femicidios en particular pueden ser juzgados por un jurado popular. Según la normativa, los juicios por jurados se realizan en el lugar o circunscripción donde se cometió el hecho. El objetivo es que los vecinos sean los que juzguen, indicaron desde la OGA.
Los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico, una carga pública como ir a votar. Solo pueden excusarse en situaciones particulares, como residir en el extranjero o tener más de 70 años, entre otras. Las causales de excusación son valoradas por el magistrado con criterio restrictivo. En caso de inasistencia, el jurado puede ser buscado por la Policía y sancionado con una multa. Si ocurre un imprevisto, debe avisar por cualquier medio a la OGA; las causas de inasistencia serán evaluadas y puede ser convocado nuevamente.
Puertas adentro
El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más devastadoras que pueden sufrir niños, niñas y adolescentes. Un dato crucial que los expertos destacan es que la inmensa mayoría de estos abusos ocurren dentro del ámbito familiar. Los principales agresores suelen ser figuras cercanas como padres, abuelos, hermanos, tíos o primos.
Además de lastimar profundamente a las víctimas, el ASI destruye el núcleo familiar. En este contexto, el silencio se convierte en el peor enemigo. El agresor ejerce un abuso de poder, utilizando la manipulación y las amenazas para generar un profundo sentimiento de culpa y vergüenza en la víctima. Esta dinámica hace que las víctimas tarden mucho tiempo, a veces años, en poder hablar sobre lo que les pasó.
La vulnerabilidad de los niños y adolescentes se ve agravada por su inocencia, ya que no logran comprender la gravedad de los actos que sufren, especialmente si el agresor es una persona en la que confían. El agresor se aprovecha de ese amor y confianza. Aunque las víctimas saben que algo anda mal, suelen reprimir los recuerdos y terminan por normalizar o tolerar esos actos degradantes, quedando atrapadas en un círculo vicioso de secretos y silencio familiar.
La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 365 días. A través de este servicio, se pueden realizar consultas y asesoramiento.
