jueves, 17 de abril de 2025 02:00
Dos hombres, ambos mayores de edad, cumplirán condena en el penal de Miraflores tras haber reconocido en dos procesos abreviados diferentes que fueron los autores de aberrantes hechos de abuso sexual en contra de personas menores de 18 años de edad.
El primero de los debates tuvo en el banquillo a un sujeto, que por su parentesco con la víctima no será identificado, debió responder por el delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años. Ayer iba a ser la audiencia de admisión de evidencia en el proceso de juicio por jurado. Sin embargo, abierta la audiencia por el juez director Miguel Lozano, el fiscal de cámara Augusto Barros, el fiscal del caso Dr. Laureano Palacios, la Asesora de Menores Dra. Carolina Acuña y el defensor del imputado Orlando del Señor Barrientos, plantearon un acuerdo solicitando que la audiencia se transformara en un proceso abreviado.
Ante el magistrado, el imputado reconoció el hecho y se declaró culpable. Seguidamente las partes del proceso expusieron sus argumentos y solicitaron la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, lo que finalmente fue dictada por el juez director. Como el ahora condenado cumplía una condena previa, el magistrado le unificó la pena quedando la misma en seis años y seis meses de prisión.
Finalizada la audiencia, el declarado culpable de abuso sexual infantil fue llevado a la cárcel para cumplir la condena impuesta.
En Tinogasta
El otro proceso abreviado fue llevado adelante por el juez Silvio Martoccia. Los fiscales Augusto Barros y Jorge Barros Risatti, acompañados por la asesora de menores Carolina Acuña y la defensa del imputado Dr. Pedro Vélez, le pidieron al juez suspender la audiencia y plantearon un acuerdo.
Del mismo, el acusado prestó conformidad y para evitar someterse al proceso popular se declaró culpable por dos hechos de abuso sexual simple agravado por la guarda y la convivencia preexistente contra una menor de 18 años, en concurso real.
Declarado culpable por el juez que aceptó el acuerdo, se le impuso al ahora condenado la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo.
Al reconocer autoría del hecho endilgado, el acusado renuncia a poder casar el fallo, por lo que la pena comenzó a ser cumplida de inmediato.