La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial dio continuidad al trámite por el nuevo juicio popular por abuso sexual, luego de que el primer jurado se haya declarado estanco y no haya alcanzado la unanimidad exigida para emitir el veredicto (tanto por la culpabilidad o la no culpabilidad). Además, se fijó fecha para el juicio popular. El nuevo debate está previsto para el 15 de septiembre.
Fuentes judiciales informaron que ayer se llevó a cabo el sorteo de 120 potenciales jurados, correspondientes al padrón de la Primera Circunscripción Judicial. El camarista Miguel Lozano Gilyam, nuevo juez director, tras el sorteo, informó que el 19 de agosto se realizará la audiencia de admisión de evidencia.
En la audiencia de ayer estuvo el imputado, que debe responder por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el grave daño en la salud y por el vínculo, continuado, todo en concurso real”, con su defensor, el abogado Gustavo Rentín Villegas. También estuvieron presentes el fiscal de Cámara Augusto Barros y el abogado de la querella Diego Brizuela.
Juicio estanco
El primer juicio por jurados por estos delitos contra la integridad sexual se desarrolló hace dos semanas en la sala de debates de la OGA. En la ocasión, el jurado se declaró estanco. Ante esta situación se dispuso la realización de un nuevo juicio popular con un nuevo juez director.
No obstante, debido a que la inmunidad del jurado se vio vulnerada, el juez director Marcelo Soria, junto con el fiscal de Cámara Miguel Mauvecín y la asesora de Menores Daniela Faerman Cano denunciaron penalmente un intento de contacto con dos integrantes del jurado. El fiscal de Instrucción de Sexta Nominación, Facundo Barros Jorrat, investiga el hecho.
El contacto por parte de familiares, amigos o allegados de un acusado vulnera la inmunidad del jurado. Por ello se considera como una falta grave. Al respecto, el artículo 50 de la Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados estipula las sanciones por violación al respeto de los jurados populares. La normativa estable que el entorpecimiento de la labor de los jurados después de la audiencia de selección de jurados, por parte de personal y funcionarios del Poder Judicial u otra persona auxiliar de la justicia, o empleada o funcionaria pública interesada, que molestare o de cualquier modo perturbare gravemente la función de una persona que integre el jurado popular, será considerada falta grave y mal desempeño, causal de cesantía del cargo que detenta y/o de juzgamiento por Jurado de Enjuiciamiento si así correspondiere, con las multas que prevea la presente. Esta también se aplica si intervienen abogados particulares. A la vez, será causal de denuncia ante el Colegio de Abogados, como falta grave. “En ambos casos se remitirán las actuaciones al Ministerio Público Fiscal para su persecución penal”, se especifica.