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El juez de Control de Garantías deberá expedirse sobre las «absoluciones pagas»

La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos hizo lugar, por unanimidad, al recurso presentado por la fiscal de Instrucción de Séptima Nominación, Paola González Pinto y revocó la resolución efectuada por el juez de Control de Garantías de Tercera Nominación, Lucas Vaccaroni, en la causa conocida como «absoluciones pagas» el 3 de septiembre pasado.

El fallo del Tribunal de Alzada, dado a conocer ayer, resolvió en favor de la postura de la representante del Ministerio Público, quien había apelado la decisión del magistrado que le ordenaba seguir investigando antes de resolver sobre la nulidad del acuerdo de partes entre víctimas y victimarios del violento asalto a la casa de los hermanos Matías y Gustavo Rolón Reynoso, en septiembre del año pasado, en el barrio Parque América.

El tribunal integrado por los jueces Elena Berrondo Isí, Luis Guillamondegui y Marcelo Soria determinó revocar «en todo lo que fuera materia de agravios» la resolución de Vaccaroni, quien había ordenado que González Pinto llevara adelante «un proceso autónomo de conocimiento de amplio debate y prueba» antes de emitir una sentencia.

La fiscal había argumentado en la audiencia de expresión de agravios -el 20 de octubre pasado- que la investigación ya estaba cerrada y que no había más prueba pertinente y útil que presentar. «¿Qué planteo de las partes debo resolver? ¿Si considero que la investigación ya está cerrada, que no puedo, ni debo agregar nueva prueba, a quién debo atender para resolver los planteos?», cuestionó González Pinto ante el tribunal.

El caso se originó en el pedido de nulidad presentado por la fiscal contra el acuerdo de partes propuesto por el fiscal de Instrucción de Quinta Nominación, Hugo Costilla y homologado por el exjuez de Control de Garantías de Primera Nominación, Héctor Rodolfo Maidana. El 9 de diciembre de 2024 se convalidó un convenio que permitió la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de los cuatro acusados del violento atraco.

González Pinto había considerado que dicho acuerdo era «incompatible con el orden público» por ser «violatorio del derecho de igualdad» y porque «perjudica los derechos de las víctimas de otras causas», en alusión a los acreedores de RT Inversiones donde Matías Rolón Reynoso está imputado y cumple prisión preventiva domiciliaria.

El violento asalto

El hecho ocurrió el 4 de septiembre de 2024 en la madrugada, entre las 4.50 y las 5.50, en la casa de los hermanos Rolón Reynoso en Parque América. Los asaltantes fueron Camilo Carrizo, Diego Arroyo, Fernando Pacheco y Guillermo Nieva, aunque se sospecha que participó un quinto asaltante que nunca fue encontrado.

Según la investigación a cargo del fiscal Costilla, los acusados habrían robado unos U$D 1.500 y varios celulares iPhone Apple, de los cuales solo se recuperaron U$D 400. Los imputados fueron acusados por «robo doblemente calificado por el uso de armas y por ser cometido en poblado y en banda en calidad de coautores». Sin embargo, para lograr la extinción del daño, los acusados ofrecieron una reparación integral de $ 2.000.000, siempre con la conformidad de las víctimas, lo que llevó al fiscal Costilla a solicitar la extinción de la acción penal y el sobreseimiento total y definitivo de los cuatro imputados.

Derrotero judicial

El expediente suma así un nuevo capítulo en su complejo derrotero judicial. Tras la homologación del acuerdo en diciembre de 2024, la fiscal González Pinto presentó el 31 de enero de 2025 una acción de nulidad por «cosa juzgada írrita», argumentando que el convenio «resulta lesivo a los intereses sociales» y burla las expectativas de los acreedores de RT Inversiones.

La Sala Penal de la Corte de Justicia hizo lugar al planteo el 10 de febrero y anuló el acuerdo. No obstante, en julio de 2025 la Sala Doble Conforme dejó sin efecto ese fallo al considerar que carecía de competencia para entender en la causa. A la vez, se ordenó que un juez de Control de Garantías resolviera la cuestión. Por sorteo, el expediente recayó en el Juzgado de Vaccaroni, quien determinó que la fiscal debía profundizar la investigación. Esa decisión fue apelada por González Pinto y ahora revocada por el Tribunal de Alzada.

Expediente

  • 4 de septiembre de 2024: Se produce el violento atraco en Parque América.
  • 9 de diciembre de 2024: El ex juez de Control de Garantías Héctor Maidana firma la homologación del acuerdo entre víctimas y victimarios del asalto. El acuerdo fue propuesto por el fiscal Hugo Costilla y contemplaba una reparación de $2.000.000.
  • 31 de enero de 2025: El Ministerio Público Fiscal plantea la nulidad de la sentencia. La fiscal Paola González Pinto presenta una acción de nulidad por «cosa juzgada írrita», indicando que el convenio «resulta lesivo a los intereses sociales» y burla las expectativas de los acreedores de RT Inversiones.
  • 10 de febrero de 2025: La Sala Penal de la Corte de Justicia anula el acuerdo y ordena que el hecho se siga investigando con un nuevo fiscal.
  • 21 de febrero de 2025: Los abogados de las víctimas y victimarios casan el fallo de la Sala Penal.
  • Julio de 2025: La Sala Doble Conforme, con mayoría de los ministros Miguel Figueroa Vicario y José Cáceres en contra del presidente Jorge Bracamonte, determina que la Corte carece de competencia para anular la sentencia.

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