El Ministerio Público Fiscal de Catamarca presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revisar el sobreseimiento de cuatro policías imputados por la muerte de cuatro adolescentes en 2011.
La causa penal por la Tragedia de la Alcaidía sumó un nuevo paso procesal. El Ministerio Público Fiscal de Catamarca presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para que revise y eventualmente revoque la resolución de la Corte de Justicia de Catamarca que, en noviembre de 2024, declaró la insubsistencia de la acción penal y sobreseyó a cuatro policías imputados.
Los sobreseídos son Adrián Antonio Mansilla, Luis Alberto Leiva, Juan Carlos Reyes y Adriana del Valle Galván. La tragedia ocurrió el 9 de septiembre de 2011 en la Alcaidía de Menores de Catamarca, donde fallecieron Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16).
El debate central gira en torno al concepto de “plazo razonable” para someter a una persona a proceso. La Sala Penal de la Corte de Justicia catamarqueña consideró que las dilaciones acumuladas durante casi 15 años sin que se concretara el juicio oral vulneraban las garantías constitucionales de los acusados. Los ministros Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño responsabilizaron directamente al Ministerio Público Fiscal por la parálisis del expediente.
Ante el rechazo del recurso extraordinario federal por parte de la Corte local, la Fiscalía presentó la queja directa ante la CSJN. En sus fundamentos, la Fiscalía sostuvo que el criterio de la Corte local incurría en “gravedad institucional” y arbitrariedad, ya que la dilación no obedeció a negligencia de la acusación sino a articulaciones dilatorias de las defensas y a la complejidad de la causa. También argumentó que archivar las actuaciones sin debate oral conculca el derecho de las familias de las víctimas a la tutela judicial efectiva.
La Sala Penal, sin embargo, rechazó el recurso por unanimidad. Señaló que “quien contribuyó de modo decisivo a generar la situación de mora no puede invocarla válidamente como agravio constitucional oponible al órgano que declaró sus consecuencias”.
El recurso de queja ingresó formalmente a la CSJN. En septiembre de 2026 se cumplirán 15 años de la muerte de los cuatro adolescentes. La Corte Suprema deberá decidir si revisa el caso.
