El proyecto crea un certificado obligatorio para trabajar con niños, niñas y adolescentes y establece plazos de hasta 30 años de permanencia en el registro.
La Cámara de Diputados de la provincia de Catamarca le dio media sanción este miércoles al proyecto que busca crear el Registro Público Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual. La iniciativa, que ahora deberá ser tratada por el Senado provincial, unifica las propuestas presentadas en 2025 por la diputada Natalia Saseta (PRO) y en abril de 2026 por el diputado Exequiel Moreno (Frente de Todos).
Uno de los aspectos centrales del proyecto es que las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual serán incorporadas al registro desde la sentencia de primera instancia, sin necesidad de esperar a que el fallo quede firme. El texto aprobado establece que «la inscripción se realiza con carácter provisorio con la sentencia de primera instancia y adquiere carácter definitivo cuando la condena se encuentre firme». Además, la comisión incorporó una disposición que no figuraba en los proyectos originales: «en caso de personas reincidentes, la inscripción en el Registro tiene carácter permanente y vitalicia».
También se aprobó la creación de un portal web oficial, administrado por el Poder Judicial, para consultar la información del registro. A diferencia de las propuestas originales, el acceso no será completamente irrestricto: el artículo 7 establece que el registro será «de consulta libre, gratuita y permanente cuando se acredite interés legítimo o justificación para el libre acceso, respetando la protección de datos personales y derechos de niños, niñas y adolescentes». El portal permitirá búsquedas por nombre, apellido o número de documento, y publicará datos como nombre completo, apodo, último domicilio, fotografía actualizada, documento de identidad, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, datos del expediente, delito, pena impuesta y situación procesal, además de identificar expresamente a los reincidentes.
El proyecto crea, además, el Certificado de No Inscripción, que será obligatorio para ejercer funciones docentes, auxiliares o de cuidado en establecimientos educativos; trabajar en instituciones de atención o alojamiento de niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores; desarrollar actividades deportivas, recreativas o formativas con menores; ejercer funciones de guarda o acompañamiento de personas en situación de vulnerabilidad; y acceder a designaciones en cualquiera de los tres poderes del Estado.
La norma establece plazos mínimos de permanencia en el registro de 30 años cuando el delito fue cometido contra un niño, niña, adolescente o persona con discapacidad, y de 20 años para los demás delitos contra la integridad sexual. Cumplidos esos plazos, la persona podrá pedir una revisión judicial, aunque el juez podrá prorrogar la inscripción por períodos de hasta cinco años si las circunstancias del caso lo justifican.
La diputada Natalia Saseta explicó que el objetivo del registro es evitar la reincidencia y proteger a niños, niñas y adolescentes de la exposición a personas que hayan sido agresores sexuales. Señaló que la unificación con la propuesta de Exequiel Moreno no presentó mayores dificultades, ya que ambos bloques coincidieron en priorizar la protección de la infancia. Destacó, además, que la obligatoriedad del Certificado de No Inscripción fue uno de los aportes incorporados a partir del proyecto de Moreno, y remarcó que el despacho buscó no vulnerar principios constitucionales respecto de las personas condenadas una vez cumplida la pena.
