La Universidad Nacional de Catamarca albergó las jornadas del XXVIII Congreso Argentino de Derecho del Consumidor, que reunió a especialistas nacionales bajo el eje «El derecho del consumidor frente al paradigma tecnológico».
La Universidad Nacional de Catamarca albergó las jornadas del XXVIII Congreso Argentino de Derecho del Consumidor. El Aula Magna y la Facultad de Derecho de la UNCa fueron sede del encuentro, que tuvo como eje central «El derecho del consumidor frente al paradigma tecnológico».
El congreso convocó a referentes, juristas y especialistas de trayectoria nacional, entre los que se mencionaron a Gabriel Stiglitz, Javier Arias Cáu, Sebastián Barocelli, Sandra Frustagli y Carlos Hernández, entre otros.
La Dirección Provincial de Defensa del Consumidor, área dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, participó en la organización del evento. El titular del área, Sergio Paredes Correa, ofreció una conferencia titulada «El paradigma tecnológico y las relaciones de consumo: desafíos para la autoridad de aplicación».
La exposición abordó el impacto de las nuevas tecnologías en la vida cotidiana de las personas consumidoras y la necesidad de que los organismos de protección desarrollen respuestas acordes a estos escenarios.
Uno de los temas analizados fue el fenómeno de las ciberestafas, problemática que plantea desafíos para las autoridades de aplicación, en particular frente a operaciones realizadas mediante canales digitales, entidades financieras y billeteras virtuales.
Paredes Correa presentó la experiencia desarrollada desde Defensa del Consumidor de Catamarca, en la que se destacó la utilización de medidas preventivas como herramientas de protección inmediata, destinadas a evitar que situaciones de fraude digital produzcan consecuencias que puedan afectar los derechos de las personas consumidoras.
Durante la exposición se indicó que la protección del consumidor frente a estas nuevas modalidades no se limita exclusivamente a la defensa de sus intereses económicos, sino que también comprende la tutela de su dignidad, integridad y seguridad, frente a situaciones que pueden generar consecuencias personales y patrimoniales.
