El juez de Control de Garantías Nº 1, Jonathan Felsztyna, envió a juicio oral la causa que investiga al abogado Paulo Ibáñez por la supuesta omisión de inscripción de dos inmuebles en el Registro de la Propiedad Inmueble. La defensa apeló la resolución.
El juez de Control de Garantías Nº 1, Jonathan Felsztyna, elevó a juicio la causa que investiga al abogado Paulo Ibáñez por la supuesta omisión de inscripción de dos inmuebles en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de Edgar Adhemar Bacchiani, fundador y CEO de la financiera Adhemar Capital SRL.
Ibáñez había sido sobreseído por el juez Santiago Ahumada Franzini, quien ocupó antes ese mismo Juzgado de Control. La resolución de Felsztyna, en sentido contrario a la decisión de su predecesor, fue apelada por Ibáñez y el recurso deberá ser analizado por la Cámara de Apelaciones.
“Presenté la apelación para no dejar pasar por alto las aberraciones del juez Felsztyna, quien llegó a invertir la carga de la prueba al sostener que yo no pude demostrar mi inocencia, cuando la presunción de inocencia está establecida en la Constitución argentina. Soy inocente hasta que se demuestre lo contrario”, explicó el letrado en diálogo con El Ancasti.
“Es gravísimo lo que está sucediendo, porque el juez de Control de Garantías debe garantizar que esos principios y garantías constitucionales sean resguardados”, agregó.
“Debo impulsar la causa para llegar a juicio oral. Y soy el único de los tres imputados que está trabajando en esa dirección”, finalizó.
La causa se inició en 2022, cuando tras una auditoría en el Registro de la Propiedad Inmueble se detectó que dos matrículas catastrales que debían figurar a nombre de Edgar Adhemar Bacchiani no habían sido inscriptas correctamente, para evitar que, al quedar registradas, pudieran ser reclamadas por los cientos de acreedores que fueron estafados por Bacchiani y su banda.
A partir de la auditoría se inició una investigación penal y, paralelamente, un sumario administrativo. Poco después Ibáñez, que se desempeñaba como jefe del Departamento de Folio Real, y las subalternas Norma del Valle Bravo (59) y Andrea Beatriz Pacheco (39) fueron imputados por supuesto “incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de coautores”.
En 2024, Ibáñez fue expulsado del organismo por decreto del Ejecutivo provincial, luego de una investigación administrativa realizada por la Fiscalía de Estado. Si bien los tres habían sido imputados por el fiscal Facundo Barros Jorrat por “incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de coautores”, las dos mujeres no fueron cesanteadas.
El expediente atravesó distintas instancias procesales y fue elevado a juicio en diciembre de 2024. La defensa de Ibáñez, ejercida por Sebastián Ibáñez, pidió el sobreseimiento aduciendo que no había elementos de prueba para sostener la acusación efectuada por Barros Jorrat.
Un año después, el juez de Control de Garantías Nº 1, Santiago Ahumada Franzini, dictó el sobreseimiento y, con el mismo fallo, dejó firme la elevación a juicio de Bravo y Pacheco.
Esa resolución del juez no fue apelada por el fiscal Barros Jorrat, pero sí fue recurrida por los abogados de la Fiscalía de Estado, Victoria Eugenia Rosales y Tomás Hugo Aibar, quienes impugnaron el sobreseimiento de Ibáñez.
La Cámara de Apelaciones fijó para el 21 de mayo la audiencia en la que los representantes de la Fiscalía de Estado debían fundamentar su planteo. Sin embargo, Rosales y Aibar no concurrieron a la audiencia.
Los jueces de la Cámara dieron por desistido el planteo de la Fiscalía de Estado y emitieron una resolución que confirmó el sobreseimiento.
La ausencia de los dos abogados tuvo fuerte repercusión porque Paulo Ibáñez inició una demanda millonaria contra la Provincia a raíz de su expulsión como empleado profesional.
En este contexto, se inició un sumario administrativo contra Rosales y Aibar, quienes exigieron a la Cámara que fijara una nueva fecha de audiencia, aduciendo que no habían sido correctamente notificados de la citación anterior.
Apelaciones hizo lugar al pedido y, a principios de agosto de 2026, se realizó la audiencia. Días después, los jueces Rosa Elena Berrondo Isi, Horacio Brizuela y Jorge Palacios (subrogando al juez Juan Rosales, quien se inhibió por parentesco con la abogada de la Fiscalía de Estado) resolvieron por unanimidad declarar de oficio la nulidad del dictamen de sobreseimiento emitido por el Juzgado de Control de Garantías Nº 1.
Los jueces dispusieron, además, que el expediente regrese a ese juzgado -que mientras tanto quedó en manos de Felsztyna-, para que “emita un nuevo pronunciamiento debidamente fundado”.
