Tras deliberar más de tres horas, el jurado popular emitió veredicto de culpabilidad para los tres acusados por el ataque a Roxana Murúa ocurrido en enero de 2025 en El Bañado, San Isidro.
Un jurado popular declaró culpables a María Eugenia Castro, su hija María Gilda Márquez y Facundo Ariel Monasterio por el intento de asesinato de Roxana Murúa, ocurrido el 20 de enero de 2025 en una cancha de fútbol del barrio 140 Viviendas de El Bañado, en San Isidro, departamento Valle Viejo.
El veredicto se conoció tras una deliberación de poco más de tres horas. Márquez fue declarada culpable de «homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa en calidad de autora». Castro fue hallada responsable como «partícipe necesaria de homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa en calidad de partícipe necesaria». Para ambas, la expectativa de pena es de entre 10 y 15 años de prisión. Monasterio fue declarado «culpable del delito menor incluido de homicidio calificado en grado de tentativa en calidad de partícipe secundario».
Durante los alegatos, el fiscal de Cámara Augusto Barros había solicitado al jurado la culpabilidad de Márquez por homicidio agravado por alevosía en grado de tentativa, y de Monasterio y Castro como partícipes necesarios del mismo delito. Barros recordó que el hecho ocurrió el lunes 20 de enero de 2025 en una canchita de fútbol cercana al salón de usos múltiples del barrio 140 Viviendas.
El fiscal sostuvo en su alegato: «La persona que le dio el puntazo (Márquez) sabía dónde apuntar: dos veces a la cara y una al corazón, que afortunadamente pasó a pocos centímetros. Murúa estuvo 7 días con riesgo de vida, con afectación en un ventrículo y en la pleura, que derivaron en una operación a corazón abierto. Estuvo más de un mes internada hasta que le pudieron dar el alta».
Barros también indicó que durante el debate el hijo de Castro, adolescente al momento de los hechos, declaró que «Monasterio le pegó un fierrazo a Murúa en la cabeza, cosa que el mismo Monasterio negó». Respecto de Márquez, afirmó: «Sabía dónde asestar la puñalada y, a partir de todos los testimonios, se estableció que los tres buscaron usar todos los medios para que Murúa quedara debilitada en la defensa a fierrazos, para evitar que su hijo (entonces menor que el hijo de Castro) pudiera llegar a defenderla. La intención de matar por parte de Márquez a Murúa está evidenciada, y ella no murió por causas ajenas a la voluntad del agresor».
El abogado querellante Pedro Vélez acompañó la acusación fiscal. El abogado Iván Godoy solicitó morigerar o bajar la acusación para Gilda Márquez: reconoció que hubo un grave delito, no pidió su absolución, pero requirió veredicto de culpabilidad por lesiones graves. Los abogados Alexis Navarro, por la defensa de Castro, y Renzo González, defensor de Monasterio, pidieron que sus defendidos fueran declarados no culpables.
Tras el veredicto, el fiscal Barros dio por «cumplido el trabajo» del Ministerio Público Fiscal y sostuvo que cada persona tuvo un rol en el ataque para disminuir la defensa de Murúa. El abogado Vélez consideró que quedó comprobado que Murúa corrió riesgo de vida y que la operación cardíaca le salvó la vida: «Hubo una clara intención de quitar la vida con puñaladas al corazón», agregó. Indicó además que Murúa tuvo intenciones de declarar durante el debate, pero por su estado de salud y para evitar la revictimización se decidió que no concurriera.
Las imputadas Castro y Márquez llegaron al debate detenidas, mientras que Monasterio, expareja de Márquez, está libre. La dirección del jurado estuvo a cargo del juez Miguel Lozano Gilyam.
