La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca realizó la audiencia de expresión de agravios solicitada por la defensa de dos condenados en el juicio por el homicidio de Miguel Ángel «Látigo» Ferreyra. Los abogados piden la nulidad del veredicto y la absolución de sus defendidos.
La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca llevó a cabo este martes la audiencia de expresión de agravios solicitada por la defensa de dos personas condenadas por un jurado popular en diciembre de 2025, en el marco de la causa por el crimen de Miguel Ángel “Látigo” Ferreyra.
En ese proceso, Jorge Roberto Castro fue sentenciado a 10 años de prisión por homicidio simple, mientras que Mónica Beatriz Murúa, su madre, recibió una pena de 5 años y 6 meses por ser considerada partícipe secundaria del mismo delito.
Los abogados defensores, Dres. Jorge Bracamonte (h) y Gabriel Quiroga Barros, consideraron que para el caso de Castro el veredicto de culpabilidad fue arbitrario, alegando un apartamiento flagrante de la prueba y la violación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la jurisprudencia de la CSJN. Aseguraron que el jurado “prescindió de la opinión técnica unánime de cinco profesionales del Cuerpo Interdisciplinario Forense”.
Sobre la declaración de culpabilidad de Murúa como partícipe secundaria, la defensa expresó que el veredicto carece de racionalidad y certeza, solicitando que se “declare la nulidad del veredicto emitido por el jurado popular y se disponga la absolución de sus defendidos”.
Por su parte, el fiscal Dr. Augusto Barros recurrió a la Organización Mundial de la Salud para argumentar que el diagnóstico de Castro le otorga un grado moderado de discapacidad intelectual. Expresó que el Ministerio Público “puso a disposición del jurado las pericias y los testimonios de los peritos sin prescindir de ellos en ningún momento porque no había nada para esconder”.
Aseveró también que “no hay agravio de la defensa para responder, solo la imaginación en la que se representan que con otro jurado la decisión podría haber sido diferente, solo están disconformes con el veredicto” y que “la comprensión del jurado queda en su íntima convicción, no se puede exigir un estándar para la deliberación del soberano”. Solicitó, finalmente, que se confirme la sentencia en todos sus términos.
Por último, el querellante particular, Dr. Sebastián Ibáñez, en representación de la familia de la víctima, suscribió lo solicitado por el fiscal y agregó que “lo que le da calidad al veredicto del tribunal es la razón inmotivada”. Además, fue crítico con los agraviantes al asegurar que “el litigio de la defensa fue defectuoso, realizó teorías del caso contradictorias, por un lado, la falta de comprensión de Castro y por otro la legítima defensa, es decir le dio a entender al jurado que en cierto sentido sí entendía la criminalidad de sus actos”.
